¿Quién tiene derecho a declarar una huelga?

Una vieja discusión se viene dando sobre si el titular del derecho de huelga son los trabajadores o la organización sindical.

El tema reviste importancia, porque de ello depende que para que la huelga sea considerada legítima, necesita de la decisión de los órganos sindicales.

En los hechos las huelgas muchas veces se declaran sin una decisión formal del sindicato en tal sentido.

El criterio dominante es que la huelga es un derecho de los trabajadores que éstos pueden ejercer colectivamente, sin que necesariamente la decisión tenga que adoptarla la organización gremial.

Claro que, para poner fin a la huelga se necesitará de un acuerdo suscripto por un sujeto habilitado para negociar y para firmar en nombre de todos los trabajadores, y es ahí donde se requiere la intervención del sindicato.

Es decir que, aunque la huelga puedan declararla los trabajadores por sí mismos, la negociación destinada a poner fin a la huelga debe encararla el sindicato con personería gremial.

Reglamentación legal de la huelga

La conciliación obligatoria

El Estado puede intervenir en los conflictos mediante lo que se conoce como “conciliación obligatoria” (ley 14.786). Se trata de una especie de tregua forzosa entre las partes, para sentarlas a negociar.

La ley establece que en esos casos, las partes deben retrotraer la situación al momento anterior al conflicto:

  • Los trabajadores levantando las medidas de fuerza.
  • La patronal suspendiendo los despidos u otras medidas que hubieran adoptado.
La conciliación ¿una ayuda o un freno?

Normalmente los trabajadores sienten a la conciliación obligatoria como una especie de freno para el ejercicio del derecho de huelga, una intromisión del Estado para obligar a levantar la medida, que parece favorecer a los patrones.

Si bien en muchos casos la situación queda planteada de esa forma, también es cierto que otras veces la conciliación es la oportunidad para poder sentarse a negociar sin dar el brazo a torcer, sobre todo si la patronal se niega al diálogo mientras se mantenga la medida de fuerza. A veces, también, cuando el conflicto se viene dilatando sin solución puede ser una manera de darle un respiro a los trabajadores evitando el desgaste de una huelga sin salida.

¿Se puede desacatar la conciliación obligatoria?

Últimamente se han presentado situaciones en las que los trabajadores se han negado a acatar la conciliación obligatoria, y no aceptan levantar la huelga.

En estos casos, la situación es potencialmente peligrosa, porque esa huelga resultaría claramente ilegal, y daría derecho a la empresa de despedir a los trabajadores, con justa causa, en la medida en que hayan intimado previamente al reintegro al trabajo.

¿Quién decide si una huelga es ilegal?

Durante muchos años, los gobiernos se reservaban el derecho a calificar las huelgas declarando si la misma era legal o ilegal. Este proceder era en sí mismo contrario a la ley, ya que no existe norma alguna que autorice al gobierno a ser juez de la legitimidad de una huelga.

Actualmente, esa práctica se ha abandonado, y el Ministerio de Trabajo ha dejado de calificar las huelgas por su legalidad o ilegalidad.

En todo caso, corresponderá a los jueces el declarar si una huelga ha sido ilegal. Esta situación puede presentarse en el caso mencionado más arriba de que los trabajadores no acaten la conciliación obligatoria.