Contrato de trabajo

El contrato de trabajo es el acuerdo por el cual una persona: el trabajador se compromete a prestar servicios para otra: el empleador a cambio de una remuneración (art. 21 de la LCT).

Se llame como se llame es contrato de trabajo

Como ya se ha dicho antes, hay contrato de trabajo independientemente de que las partes no le hayan dado ese nombre. Cualquiera sea la apariencia o disfraz que se le ponga, siempre será un contrato de trabajo. El contrato existe por el acuerdo de voluntades, aunque no esté plasmado en un papel. Hay contrato aunque no exista un papel que fije los deberes y derechos de las partes.

Por eso es incorrecto decir “estoy por contrato”, para los que están contratados por un tiempo determinado. Todos los trabajadores están ligados al patrón por un contrato (escrito o no). Por eso la ley laboral se denomina: ”Ley de Contrato de Trabajo