Si el trabajador detecta a través de una consulta con su médico que padece determinada enfermedad que puede ser considerada como provocada por el trabajo deberá notificar esta situación a su empleador, para que éste realice la correspondiente denuncia ante la ART.

Es aconsejable confirmar el diagnóstico con un médico especializado en medicina laboral para confirmar el origen laboral de la enfermedad, y tener alguna estimación del grado de incapacidad que resulta de la misma.

Es muy frecuente que el empleador trate de ocultar la situación y no quiera hacer la denuncia. En este caso, el propio trabajador puede formalizarla mediante telegrama dirigido a la ART dejando constancia de que el empleador se ha negado a efectuar la denuncia.

La aseguradora no puede negarse a recibir la denuncia, y debe hacerse cargo inmediatamente de la atención médica necesaria. Tiene un plazo de diez días hábiles para rechazar su responsabilidad, prorrogable por otros diez días. Si la aseguradora deja pasar ese plazo sin hacer ninguna comunicación, se considera que acepta su responsabilidad.

 

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Dr. Jorge Elías – Abogado Laboralista