Así como hay trabajadores “en negro”, es decir en situación de clandestinidad total, también hay muchos “en gris”, es decir anotados a medias.

Además del caso tan común de los que figuran anotados por media jornada aunque trabajen todo el día, se da el caso del que figura con un sueldo, que puede ser el de convenio, pero en realidad gana más “en negro”.

También es frecuente que el trabajador esté registrado con una antigüedad menor a la del comienzo de su desempeño. Tal vez sea porque tardaron largo tiempo en inscribirlo, o porque la empresa afirma que “cambió de dueño”, aunque sea la misma persona pero disfrazada de una sociedad o escondido detrás de la pollera de una mujer, y perdió la antigüedad anterior.

Estos casos son similares a los que explicamos en ¿Qué hago si estoy «en negro» o no registrado?, el trabajador deberá remitir un telegrama al empleador y una copia del mismo a la AFIP, reclamando que se corrija la registración, tanto sea en sueldo, antigüedad, o en las dos cosas.

Como la respuesta del empleador seguramente será NO, el único camino que la quedará al trabajador será el de considerarse despedido y entablar un juicio. Las indemnizaciones también en este caso son muy superiores a las de un despido común, aunque mientras tanto el trabajador se queda sin empleo, y está obligado a esperar ganar el juicio para poder cobrar. En ese juicio, además de los testigos que pueda aportar el trabajador, los recibos del monotributo resultarán una evidencia muy valiosa para probar la relación laboral.

Por eso es prudente esperara el momento oportuno para efectuar el reclamo y desencadenar ese conflicto.

Como en todos los casos, es aconsejable que el telegrama lo redacte un abogado.

 

Para más información descargar gratuitamente o consultar en este sitio web el Manual de derecho laboral para los trabajadores, que aclara todo lo referido a esta tema en el capítulo 4 Empleo no Registrado

Dr. Jorge Elías – Abogado Laboralista