Despiden a una trabajadora en tratamiento de fertilización asistida

El Superior Tribunal de Corrientes falló recientemente una causa en la que una trabajadora que estaba siendo sometida a un tratamiento de fertilización asistida fue despedida sin causa.

El tribunal consideró que, si bien la Ley de Contrato de Trabajo sólo garantiza el derecho a la mujer trabajadora a gozar de una protección especial durante su embarazo, o en los primeros meses posteriores al nacimiento del bebé (art. 178 de la Ley de Contrato de Trabajo), la decisión patronal de despedir a la empleada justamente cuando se encontraba en la etapa final del tratamiento constituye una lesión a derechos fundamentales de la misma, teniendo en cuenta además que el despido la privó de poder continuar el tratamiento por intermedio de la obra social.

Se decidió, en consecuencia fijar una indemnización equivalente a la del despido por causa de embarazo equivalente a un año de sueldo (13 sueldos, contando aguinaldo).

Un avance en la defensa de los derechos de la mujer, y especialmente de la maternidad.