Límites a la huelga

El derecho de huelga, corresponde decirlo, no es absoluto. Determinadas actividades no pueden quedar paralizadas por completo. De ahí que en todos los casos de huelgas, ciertos servicios esenciales siguen funcionando tal el caso de luz, gas, agua, teléfonos, y hospitales.

Esto siempre se ha respetado en nuestro país a través de una autorregulación del ejercicio del derecho de huelga, basada en la responsabilidad de los propios trabajadores.

La ley 25.877 modificó un decreto por el cual se pretendió, alguna vez (con poca suerte, porque pocas veces se aplicó), regular y limitar la huelga en los servicios esenciales.

La nueva ley solamente considera como servicios esenciales los de salud, luz, agua y gas, y el control del tráfico aéreo.

Sin embargo, admite que se aplique a otras actividades cuando la magnitud, duración y consecuencias de la medida de fuerza puedan causar daños irreversibles.

Esa misma ley, para evitar la injerencia política en estos temas, creó una comisión independiente integrada por representantes de Universidades, Colegios de Abogados y entidades patronales y sindicales para resolver en qué casos un servicio puede ser considerado esencial y cuáles son en esos casos los servicios mínimos que deben preservarse.

Esa comisión hasta el momento no se ha constituído.

Huelga, despido y pago de días no trabajados.

La Constitución Nacional garantiza el derecho de los trabajadores a ejercer el derecho de huelga, lo cual significa que, salvo los supuestos de ilegalidad de la medida (caso de huelgas en período de conciliación obligatoria), el participar de una medida de fuerza no puede ser considerado como justa causa de despido.

Pero, la Constitución no garantiza el derecho a cobrar los días de huelga. En todo el mundo se acepta que no hay obligación patronal de pagar los días de huelga (en algunos países los sindicatos tienen un fondo especial para cubrir los días de paro). En la Argentina, sin embargo, es común que la cuestión sobre el pago de los días de huelga forme parte de la negociación del acuerdo que pone fin al conflicto, y muchas veces se consigue.

La huelga es el origen de todo

Para terminar con este tema, y también concluir con este manual digamos que la huelga es el origen y la causa de todo el progreso de los trabajadores.

Detrás de toda reivindicación, conquista o beneficio siempre se puede rastrear una huelga. Todos los derechos obtenidos por los sindicatos y trabajadores fueron obtenidos alguna vez mediante una huelga.

Por eso no nos parece mal haber empezado este modesto manual hablando de la razón de ser del Derecho del Trabajo, fundada en la situación de desigualdad de los trabajadores respecto de los patrones, y de la necesidad de amortiguar esas desigualdades.

Y nos parece muy oportuno terminar el trabajo rindiendo homenaje a la huelga como herramienta del avance de los trabajadores, y a quienes con compromiso, esfuerzo, arriesgando sus empleos, su libertad, y a veces hasta su vida, fueron construyendo este edificio legal que tenemos el deber de preservar y mejorar.