Claro que los límites entre cuándo hay o no relación de dependencia pueden ser borrosos.

Algunos trabajadores prestan servicios en situaciones donde la dependencia no queda claramente configurada: los fleteros, remiseros, o motoqueros que trabajan con vehículos propios en forma habitual para determinada empresa.; profesionales de la salud que con cierta libertad ejercen su trabajo en sanatorios.

El trabajador es siempre una persona física
  • Un hombre o una mujer que presta sus servicios en forma personal, sin que pueda delegar en otro la prestación de sus tareas.
En cambio el empleador puede ser:
  • Una persona física
  • Varias personas que utilizan los servicios de un mismo trabajador (por ejemplo, varios médicos que comparten una misma secretaria)
  • Una sociedad comercial (SRL, SA, u otras)
  • Una asociación o entidad civil (un club, una fundación, un sindicato)
Y hay casos en que uno no sabe bien para quién trabaja

Porque

  • Un grupo de empresas actúa como un conjunto económico, con un control único a cargo del grupo dominante.
  • Una empresa delega parte de su actividad en un contratista o subcontratista (proceso que se conoce también como tercerización).

¿Quién es el patrón?

¿Qué pasa si desaparece una de las empresas del grupo económico?

En ese caso la LCT hace responsables solidariamente a todas las empresas de grupo, (art. 31) y también a la empresa principal por las obligaciones de su contratista (art. 30). La solidaridad es el mismo sistema por el cual alguien sale de garante de otro en un crédito o en alquiler de una casa. Los dos quedan obligados a pagar.

Empresas que van mutando

Las empresas cambian de mano con facilidad, las más grandes suelen comprar a las más chicas, o se fusionan entre sí. También sucede que una empresa transfiere a otra parte de un establecimiento, o a veces el personal.

Acá también son solidariamente responsables las dos empresas (art. 228 LCT).

El empleador que juega a la escondida:

Para zafar de pagar deudas laborales, impuestos o contribuciones a la seguridad social, muchos empleadores:

  • Inventan sociedades de responsabilidad limitada (SRL) “truchas” con un capital mínimo ($5000 pesos alcanza) que no son dueñas de nada, integradas con algún socio inventado (un hijo, la esposa a veces hasta un empleado).
  • Estas sociedades desaparecen como por arte de magia, y en el mismo establecimiento, con el mismo dueño verdadero, pasa a operar otra sociedad fantasma que cuando llegue el momento también va a desaparecer si es necesario.
  • Otras veces el patrón desaparece y es reemplazado por un nuevo dueño o dueña (también trucho) que puede ser la esposa, la hija, la madre, la suegra o la novia del dueño verdadero.
  • A estos “empresarios” no les importa tener deudas, porque cuando llegue el momento de pagarlas saben como desaparecer.
Encontrar al patrón

Pero como en el juego de la escondida, con mucho esfuerzo de los trabajadores y de sus abogados, los jueces muchas veces terminan por hacer responsable al dueño verdadero escondido detrás de las polleras de una mujer, o de la fachada de cartón de una sociedad. Pero cuesta mucho trabajo, y no siempre el objetivo se consigue.